jueves, 6 de septiembre de 2018

Poder sindical, huelgas y negociación colectiva en el País Vasco (1995 - 2017)

A continuación reproduzco el resumen y presentación de la comunicación presentada con Jon Las Heras en el XI Congreso Vasco de Sociología y Ciencia Política el 6 de Septiembre de 2018 en Bilbao.


Según Richard Hyman, la huelga es una de las mayores expresiones de conflicto entre trabajo y capital: el proceso productivo y comercial se detiene, se activa la presión económica y financiera hacia las empresas y tanto la parte trabajadora como la empresarial consolidan sus posiciones alrededor de unos intereses estructuralmente diferenciados en la confrontación y el eventual acuerdo colectivo.

A pesar de que en Euskadi se organizan prácticamente un tercio de las huelgas de todo el Estado español, la influencia que tienen las estrategias organizativas sindicales en las dinámicas de negociación colectiva y en el desarrollo de los conflictos laborales no han sido objeto de estudio desde una perspectiva de Economía Política del Trabajo.

Así, este estudio analiza una realidad histórica particular, y arguye cómo la política sindical y los recursos de infraestructura del sindicalismo mayoritario del País Vasco, a diferencia del sindicalismo español en la CAPV, derivan en una mayor capacidad potencial de confrontación y uso de la huelga cómo herramienta central para la negociación colectiva. Los recursos de infraestructura cómo son las personas asesoras sindicales, los gabinetes económicos y jurídicos y sobre todo la caja de resistencia confederal, definen los contornos de las organizaciones y poder sindical vasco en la negociación colectiva, y explican sustancialmente esa proporción de huelgas sobre población asalariada. El uso extensivo de la caja de resistencia con un subsidio diario de huelga superior al SMI para cada huelguista, refuerza el poder laboral y sindical, permitiendo introducir en los convenios vascos ‘cláusulas anti-reforma laboral’ y en su caso, llegar a mayores niveles de confrontación para la consecución de mejores contenidos cuantitativos y cualitativos de negociación colectiva.

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According to Richard Hyman, strikes are a radical expression of the underlying conflict between labour and capital: the labour and capital valorisation processes stop, and the economic and financial pressures towards corporations increase, while workers and employers consolidate their strategies around some structurally differentiated interests. Despite the fact that one third of all strikes in Spain take place in Euskadi, the influence that organising union strategies have in collective bargaining dynamics and in the development of industrial conflict has not been studied from a Political Economy of Labour perspective.

Thus, this study analyses a particular historical reality and it argues how union policy and infrastructural resources of the mayoritarian unions in the Basque Country, in contrast to the Spanish case, result in a greater capacity of confrontation and the use of the strike as a tool in collective bargaining. The infrastructural resources and supportive union officials, the economic and lawyer offices and, above all, the confederal resistance box explain the organisational boun daries and the power that Basque trade unionism has in collective bargaining; explaining the higher rates of strike activity in the economy. The extended use of the strike-box with a daily subsidy above the minimum income for each striker reinforces worker and union power, allowing to introduce in collective agreements ‘anti-labour-reform’ clasuses and, in many cases, better cuantitative and qualitative working conditions.

domingo, 1 de julio de 2018

Avanzando en la medición del paro real en el País Vasco



Reproduzco a continuación el artículo publicado en Sin Permiso junto a Julen Bollaín. El artículo ha sido difundido también en Rebelión y Economía Critica y Critica de la Economía 




Del paro en la historia...

La existencia de parte de la población que estando en edad, en condiciones y en disposición de trabajar remuneradamente que carece de un empleo no es un fenómeno surgido durante el siglo XX. Ya en la Edad Media había personas que estaban desocupadas, conocidas por aquel entonces como holgazanas o vagabundas. En este sentido, John Burnett en su libro “Idle Hands: The Experience of Unemployment, 1790-1990”[1], explicaba ya en 1994 cómo hasta el siglo XIX analistas ingleses “identificaban a los desempleados principalmente con los ‘inadaptados’ y trotamundos que dormían a la intemperie y deambulaban de noche por las calles”.

Así, no será hasta 1881 cuando por primera vez en el Reino Unido, y aunque no de manera coherente con la definición standard actual del desempleo, será medida la tasa de desempleo. Al principio el desempleo se basó en los datos de aquellos sindicatos ingleses que pagaban prestaciones de desempleo a sus miembros.

Más adelante, el 16 de diciembre de 1911, el Parlamento Británico aprobó el llamado “National Insurance Act 1911”. Éste iba más allá de las leyes sobre los seguros contra enfermedades, accidentes de trabajo, invalidez y vejez aprobadas y lideradas por Otto Von Bismarck en el Reichstag alemán entre 1883 y 1889, ya que otorgaba a los trabajadores británicos un plan nacional obligatorio de seguro contra el desempleo. De esta manera, el desempleo comenzó a medirse a raíz de datos de trabajadores registrados y que carecieran de un empleo. Pero en este artículo no entraremos a discutir los motivos que incitaron a Bismarck a llevar adelante esas leyes, ni por qué el Canciller de Hacienda y futuro primer ministro del Reino Unido, el liberal David Lloyd George, propuso el “National Insurance Act 1911” ante su Gobierno liberal, aun cuando sus políticas, a la vez de protección y legitimación social, se sustentaban en las mediciones de la situación laboral.

Dando un salto hasta el Estado español, no será hasta 1919 cuando, tras la Ley de 27 de febrero de 1908 del Instituto Nacional de Previsión (INP) y el Real Decreto de 11 de marzo de 1919 sobre intensificación de retiros obreros, se promulgue el Real Decreto de 18 de marzo de 1919 sobre el seguro de paro forzoso. Todo ello al calor de la Revolución Soviética y de las luchas sociales y sindicales que, como la huelga de “La Canadiense” en Catalunya, representaron un punto de inflexión en la efectividad sindical y en la consecución de derechos sociales como la jornada laboral de 8 horas, en la presión necesaria para la promulgación de otras leyes sociales[2], así como en la generación de normas protectoras del empleo por medio del conflicto, la huelga y la formalización de bases de trabajo (convenios colectivos) entre empresarios y sindicatos[3]. Sin embargo, el sistema de los Seguros Sociales en el Estado español no se consolidó hasta la instauración de la II República Española, cuya constitución de 1931 afirmaba en su artículo 46 que "la República asegurará a todo trabajador las condiciones necesarias de una existencia digna. Su legislación social regulará: los casos de seguro de enfermedad, accidente, paro forzoso, vejez, invalidez y muerte, (así como) la protección de la maternidad"[4].

Este sistema de Seguros Sociales fue convertido finalmente en 1963 en un sistema de Seguridad Social a través de la Ley de Bases de Seguridad Social de 28 de diciembre de 1963. Y fue en este marco cuando, por primera vez, el Instituto Nacional de Estadística (INE) creado en 1945, realizó la primera Encuesta de Población Activa en 1964.

…al paro en el capitalismo postfordista

Pero no cabe duda de que la realidad actual es muy distinta a la de hace más de medio siglo. En los países centrales de la economía mundial, se conformó un capitalismo industrial que generó mercados internos de trabajo y bajas tasas de desempleo, gracias también a políticas de regulación keynesiana donde primaba el pleno empleo como objetivo de política económica y un sistema de relaciones laborales con sindicatos fuertes en las empresas. El giro neoliberal y conservador en las políticas económicas en la década de 1980 asentaron, en un paulatino cambio de paradigma, un capitalismo desatado[5] donde la lógica financiera se impuso a la lógica industrial-productiva, y donde en esta última la norma del empleo ha pasado a ser la flexibilidad laboral, la externalización, subcontratación y precariedad laboral. A ello se ha unido el ataque contra el sindicalismo para destruir, debilitar o devaluar la influencia del mismo en la negociación colectiva y la huelga, desgastando sus recursos de poder y aislando también los elementos más combativos con la intención de limitar el contrapoder a las políticas empresariales que asientan este modelo de empleo, precariedad y desempleo[6].

Es necesario optimizar los indicadores que utilicemos en el presente para medir la precariedad y el desempleo. Debemos entender la realidad del siglo XXI, en la que el desempleo no puede ser medido como se hacía en el siglo XX. Porque en el siglo XXI deben darse respuesta a los problemas con métodos del siglo XXI.

La dinámica de los mercados de trabajo actuales nos demuestra que existe una gran precariedad en el empleo, afectando en el Estado español a la mayoría de la población asalariada: menos de la mitad de la población afiliada al régimen general de la Seguridad Social en 2017 tenía un contrato indefinido a jornada completa (47,9%) y la mayoría (52,1%) presentaba algún tipo de precariedad: subiendo los contratos a tiempo parcial y fijos-discontinuos, contratos temporales y/o trabajo por horas, etc. A su vez, la Encuesta de Población Activa confirma la precariedad del empleo generado en la recuperación, en el periodo 2013-2017 con la creación de 1’86 millones de empleos, siendo 918.000 de éstos temporales e incrementando la tasa de temporalidad del 23,7% al 26,7%[7]. Para completar este mapa de precariedad, hay que sumar la temporalidad involuntaria, con pocas mediciones al respecto pero seguramente con una mayoría de contratos en esa situación. También las mediciones de contratación parcial involuntaria, que en el Estado español afecta a 2,8 millones de personas trabajadoras, de las cuales 1,2 millones de mujeres y 500.000 hombres lo hacen de forma no voluntaria. En términos porcentuales, según los datos de la OIT, el número de personas que trabajan a tiempo parcial de forma involuntaria es de alrededor del 60%[8].

sábado, 30 de junio de 2018

[Reseña] Joxe Elorrieta. Echando leña al fuego de la mirada sindical contracorriente. Clase, territorio y nuevas alianzas (2017)

Joxe Elorrieta; ECHANDO LEÑA AL FUEGO DE LA MIRADA SINDICAL CONTRACORRIENTE. CLASE, TERRITORIO Y NUEVAS ALIANZAS, Icaria Editorial, 2017 (296 pp.), ISBN 978-8498887617



http://www.revistaeconomiacritica.org/sites/default/files/revistas/Revista_Economia_Critica_25.pdf


Jon Las Heras Cuenca
University of Manchester y Mondragón Unibertsitatea

 

Lluís Rodríguez Algans
Asociación de Economía Crítica e Instituto de Ciencias Económicas y de la Autogestión

 

Jon Bernat Zubiri Rey
Euskal Herriko Unibertsitatea y Centre de Recherche en Économie de Grenoble

 
Este artículo expone de forma sintética y constructiva el análisis que Joxe Elorrieta nos presenta en Una Mirada Sindical Contracorriente (Elorrieta 2017), interpretando el mismo con ayuda de lecturas complementarias.
 

El libro busca enardecer el debate sobre el posicionamiento que los sindicatos han tomado con respecto a los procesos neoliberales y de globalización capitalista. Desde una perspectiva de clase, explica cómo la clase trabajadora y sus organizaciones sindicales han sido "desempoderadas" durante las últimas décadas. A su vez, y de manera muy cuidadosa, escapa de cualquier lectura estructuralista o inmovilista que reniegue o empequeñezca la acción de la clase trabajadora en la transformación del capitalismo y su sustitución por un sistema más justo y sostenible. Joxe Elorrieta hace uso en este libro de una vasta literatura académica de economía política radical y relaciones laborales, problematizando la acción estratégica de los sindicatos en Euskalerria, especialmente la de ELA – Euskal Langileen Alkartasuna (Dufour y Hege 2017; 2013; 2009; Giménez 2012; Iriarte 2017; Kortabarria 2016; Letamendia 2004). El libro es pues rico en contenido histórico y teórico, y, por tanto, no dejará al lector impasible ante los argumentos que presenta. La doble formación y experiencia del autor cómo economista sindical y doctor en Ciencia Política (Elorrieta 2011), pone el colofón a sus 20 años de Secretario General del sindicato, aportando una mirada rica en matices y poniendo el foco de atención en los temas tratados, de máxima conexión práctica.
 
Una Mirada Sindical Contracorriente está estructurado en cuatro capítulos, y sigue una lógica clara para que el lector entienda los procesos de acumulación y lucha de clases más generales, así como la forma concreta en la que se plasman en Euskalerria. Por lo tanto, podemos entender que el libro tiene como objetivo situar a la clase trabajadora y al sindicalismo como sujetos transformadores dentro de una economía globalizada. Los dos primeros capítulos nos presentan una revisión histórica y teórica de los procesos que llevaron al surgimiento del neoliberalismo y la globalización capitalista como proyectos de renovación y relocalización de la dominación de clase; mientras que los dos últimos capítulos son una revisión de los problemas y dilemas estratégicos a los que el sindicalismo occidental y vasco, respectivamente, se han enfrentado durante las últimas décadas. A lo largo de todo el libro se complementa la exposición con numerosas notas complementarias, 573 en total a lo largo de las casi 300 páginas, dando pistas de profundización, también accesibles en la extensa bibliografía utilizada.


Desde la introducción se apela a una renovación del sindicalismo, así como del resto de fuerzas sociales y políticas, frente a "la pasión verdaderamente delictiva" del capitalismo (Badiou 2012), que hace uso de la austeridad, la deuda y la regresión social para lograr sus objetivos lucrativos. Remarcando que vivimos gobernados por "la ética o política de las bandas de ladrones" (Sarrionandia, 2015), la relaciona con Tolstoi (1900) en su alegato de que "en nuestra sociedad se ha constituido un grupo de individuos que desposee a los trabajadores, mediante actos de verdadero bandolerismo, de todo el producto de su trabajo" (citado en Elorrieta 2017: 49). En un "sistema que es anti-nosotros" tal y como planteó 15-M, entiende que el proceso de globalización capitalista "ha procedido, sin resistencia organizada, a la individualización de toda la biografía laboral" (Elorrieta 2017: 20). El autor hace un llamamiento a una alianza para salir de la actual situación, que en el contexto vasco debería alejarse de la "vía Maltzaga" (unión del PNV y la izquierda abertzale, propuesta de Telesforo Monzón en la Transición), dada la "inequívoca opción neoliberal del PNV" (22).


(...) http://revistaeconomiacritica.org/sites/default/files/revistas/n25/18-LasHeras-Rodriguez-Bernat_Clase-Territorio-NuevasAlianzas.pdf


Sin embargo, en el libro hemos encontrado a faltar algunas cuestiones que consideramos cruciales al abordar las materias tratadas en general y también en el marco propio de Euskalerria.
 

Por un lado, el debate sobre la renovación y revitalización sindical pasa obligadamente por las experiencias y formas de implantación efectiva del sindicato en el centro de trabajo, la organización de la sección sindical. Elorrieta no trata este aspecto en el libro, pese a tener ELA una aproximación interesante al modelo organizativo de centro de trabajo y empresa, llegándose incluso a teorizar una "estrategia de sustitución" de la representación unitaria por la sindical, con el objetivo de reforzar el sindicalismo en los centros de trabajo. De esta forma se pretende hacer frente a los problemas que plantea la representación unitaria, especialmente el desincentivo de la afiliación y militancia sindical (ELA, 1991)8. La capacidad organizativa de las secciones sindicales es sin embargo una cuestión crucial en el marco del capitalismo postfordista, puesto que la organización de una sección sindical con presencia en un centro de trabajo con varias empresas, en varios centros de trabajo de una misma empresa o incluso en varias empresas de un mismo grupo, permite la negociación de convenios que puedan incluir empresas matrices y subcontratadas, empresas con varios centros de trabajo o los grupos de empresas mercantiles. Cuando hablamos del "lugar" la sección sindical en los centros de trabajo es un elemento crucial a tener en cuenta y, por tanto, unas referencias a las experiencias sobre cómo se interviene sindicalmente en estos parámetros hubieran sido necesarias, atendiendo a las propuestas de renovación existentes, tales como la de impulsar secciones multi-sectoriales o multi-profesionales arraigadas en el territorio (Béroud et al. 2008; 2009; 2013; Zubiri 2011).

Más allá de la escala micro-empresarial, la participación sindical en aspectos de política económica, industrial o fiscal se ha venido canalizando en el denominado "dialogo social" o "concertación social", si bien éste ha demostrado limitaciones en cuanto a una efectiva influencia sindical en dichas materias, que ha sido menor y muchas veces para validar las políticas neoliberales, además de las ya citadas contraindicaciones de las que es objeto el propio sindicalismo. Pero si el "diálogo social" no es la vía adecuada, ¿cual es o puede ser la alternativa para influir sindicalmente en la política económica, industrial y laboral? La alternativa "macrosindical" para influir en las políticas públicas no es un planteamiento genérico de contrapoder. Algunas vías de intervención alternativas exploradas por el sindicalismo europeo pasan por incrementar la participación y control sindical de los procesos productivos, económicos y de inversión en empresas y sectores vía negociación colectiva, con participación sindical (o no) en el accionariado y la dirección. Este aspecto en tanto se extiende por ley, acuerdo colectivo o de facto a toda la estructura económica, supone sin duda un elemento que configura el poder en las relaciones laborales hacia una nueva democracia industrial con participación de las personas trabajadoras (Baylos 1992; Poole 1995; Landa 2004; Fernández Steinko 2000).


La aplicación de una democracia industrial de este tipo en España se podría canalizar por una ampliación de los derechos sindicales de información, consulta y participación, vía cambio legislativo o en su introducción en la negociación colectiva, en materias contable, mercantil y económica, productiva, organizativa y laboral, fundamentales también para la preparación, seguimiento del cumplimiento de acuerdos en la negociación colectiva y anticipación a eventuales reestructuraciones empresariales (AA.VV 2017). Lo anterior es si cabe más necesario en los importantes procesos de reestructuración y crisis empresarial que se han dado en el marco temporal que analiza Elorrieta de crisis económica, y dónde la recuperación de empresas para su posterior transformación en sociedad laboral o cooperativa se torna cómo acción estratégica imprescindible para defender las condiciones y nivel de empleo, así como la estructura industrial del país. La práctica sindical previa es imprescindible para acometer con garantías dichas experiencias de control obrero, además de requerir de un apoyo técnico especializado para evaluar las alternativas de inversión y la viabilidad económica de la transformación (Iriarte 2017; Mata y Rodríguez 2016), respecto a lo cual ELA también tiene ejemplos que aportar (Villarreal 2016). Hubiera sido necesario un análisis y crítica de estas cuestiones, así como de las posibles contradicciones y dificultades del sindicalismo combativo para impulsar experiencias de control sindical, como alternativa al diálogo social, y teniendo en cuenta que en el ámbito vasco empiezan a elaborarse reflexiones en este sentido vinculando relaciones laborales y modelo de desarrollo, análisis de algunas experiencias europeas de relaciones laborales, inversiones, desarrollo tecnológico, asignación de ganancias y formación (LAB 2015).


A su vez, hubiera sido oportuno citar las contradicciones y dificultades que los sindicatos encuentran a la hora de defender conjuntamente, también en un plano de sindicalismo internacional, el empleo y sus condiciones en empresas multinacionales o con capacidad de trasladar producción, inversiones y excedentes financieros a su antojo, alterando datos y contabilidades y, por tanto, condicionando sobremanera el terreno de disputa sindical, generando así causas económicas y productivas justificativas -legalmente- de reestructuraciones laborales. Estos fenómenos se acentúan en el marco de la financiarización de las estructuras de capital de las empresas y de la economía en general (Albarracín y Gutierrez 2012). En relación a ello, también hubiera sido interesante la cita de las contradicciones sistémicas y sindicales respecto al empleo, vinculadas a la necesidad de defender una política económica y ecológica que respete los derechos humanos y la sostenibilidad del ecosistema, como puede ser en los casos de las industrias de acero y energéticas vinculadas con los combustibles fósiles o las industrias armamentísticas.


El libro apunta hacia la necesidad de optar por un sindicalismo estrechamente vinculado a otras organizaciones de clase y movimientos sociales, con dos objetivos interdependientes: (i) tejer nuevas alianzas con nuevos actores sociales, ya sean sindicatos o movimientos sociales, para demandar transformaciones y mejoras socioeconómicas, enmendando así la traición de los partidos socialdemócratas tras haberse posicionado en defensa del capital; (ii) poder plantear problemas políticos, económicos y sociales a la sociedad en su conjunto desde una perspectiva de "contrapoder" y, más importante, desde una posición de igualdad con los movimientos sociales, y no de subordinación como ocurrió anteriormente con los partidos políticos (Elorrieta 2017 : 33-38, 45-46, 64-72, 135-38, 171-75, 205-10, 217-219). En esta línea de renovación estratégica hemos echado de menos un análisis, ni que fuera sucinto, de los ejemplos de alianzas sindicales y sociales, como la organización con otras organizaciones del proceso que culminó en la "Carta de Derechos Sociales de Euskalerria"9, de "Alternatiben Herria"10 junto con el movimiento cooperativista y de la economía social y solidaria o el impulso y participación en espacios de análisis y debate cómo los Encuentros Ecosocialistas Internacionales11 o el Euskal Gune Ekosozialista12, cómo ejemplos de programas de actuación con participación sindical y social alternativos también al dialogo social y concertación neoliberal.


(...)


8 ELA en sus congresos se expresaba en este sentido: "La vitalidad de las secciones sindicales es la cuestión prioritaria del sindicalismo que quiere ser reivindicativo. El poder sindical está en relación directa con nuestra capacidad de sindicalizar empresas y, desde ahí, extender la acción sindical a otros ámbitos. Allí donde hay secciones sindicales que se organizan hay resultados: afiliación, representación, formación, negociación colectiva y participación en la vida federal, comarcal y confederal." (ELA, 2008); "La Sección Sindical, impulsada, liderada y dinamizada por el Delegado o Delegada Sindical, necesita compartir responsabilidades siendo imprescindible para ello el reparto de tareas. La clave de la sindicalización son las personas militantes que convierten en objetivo estratégico la afiliación conscientes de que es lo único que nos da correlación de fuerzas". (ELA, 2013).


9 http://www.eskubidesozialenkarta.com
 

10 http://alternatibenherria.eus
 

11 http://2016.alterecosoc.org
 

12 https://guneekosozialista.noblogs.org
 
http://revistaeconomiacritica.org/sites/default/files/revistas/n25/18-LasHeras-Rodriguez-Bernat_Clase-Territorio-NuevasAlianzas.pdf

jueves, 10 de mayo de 2018

[Manifiesto] Participación de l@s trabajador@s en las empresas: trazando una nueva senda para Europa


trazando una nueva senda para Europa

[Trazando una nueva senda para europa, eldiario.es]
[La CES lanza la campañá "Más democracia en el trabajo"]

Algo se ha torcido en la Unión Europea. Cuatro ejemplos dan testimonio de esta disfunción. ¿Cómo justificar que se haya permitido el desarrollo de cientos de miles de empresas ficticias, cuando el objetivo de dichas empresas “fantasma” no es otro que el evadir impuestos y normas laborales? ¿Cómo explicar que las decisiones del Tribunal Europeo de Justicia autorizaran la restricción de derechos fundamentales de las/os trabajadoras/es para apoyar estrategias empresariales cuyo único objetivo era eludir la protección de los empleados y las empleadas? ¿Cómo es posible que revelaciones recurrentes como las realizadas por los Papeles de Panamá y los Papeles del Paraíso queden sin consecuencias, mostrando la incapacidad de la UE para evitar la elusión fiscal por parte de personas adineradas y de las grandes empresas? Finalmente, ¿cómo podemos aceptar que, a pesar de grandes escándalos como el colapso de la fábrica Rana Plaza en Bangladesh, muchas empresas sigan haciendo la vista gorda ante proveedores que ignoran los derechos sociales, ambientales y humanos más básicos?

La Comisión Europea ha promovido la teoría de la “primacía accionarial”, mientras la economía real y las/os trabajadoras/es eran olvidados en el proceso. Como resultado, los beneficios empresariales vienen creciendo a expensas de los salarios desde los años noventa. Esto no tiene sentido. Las/os trabajadoras/es son parte integrante y central de las empresas: los accionistas aportan capital, pero las/os trabajadoras/es contribuyen con su tiempo, habilidades y vida. Por eso, es hora de revisar la situación de las/os más de 140 millones de empleadas/os que trabajan en empresas en la UE. Las elecciones al Parlamento Europeo se celebrarán dentro de un año, y deseamos marcar el paso de cara al próximo debate.

Estamos firmemente convencidas/os de que es vital que las siguientes cinco reformas se lleven a cabo:

- Elegir la economía real. Deben imponerse fuertes restricciones a las empresas ficticias y a los traslados de sede social: debe autorizarse el registro a las empresas solo en el país donde tengan actividades comerciales reales. Deberían también establecerse normas para evitar que las empresas puedan eludir el pago de impuestos allí donde crean el valor real, incluyendo en particular un sistema de información pública país por país, una base impositiva armonizada y una política de ‘tolerancia cero’ para todos los paraísos fiscales.

- Crear una autoridad independiente sobre movilidad de las/os trabajadoras/es. Suficientemente dotada de personal y financiación. Esta autoridad debe tener poderes efectivos, en particular para proponer y hacer cumplir las normas que protegen a las/os trabajadoras/es de la UE cuando se requiera coordinación a nivel comunitario.

- Fortalecer la participación de las/os empleadas/os en las empresas. Las/os empleadas/os deberían tener derecho a elegir representantes en los consejos de administración de las empresas, como ya es el caso en 18 de los 28 Estados miembros y en el 44% de las empresas más grandes de la UE. Para los países que integrasen este nuevo derecho, esto debería hacerse de acuerdo con sus tradiciones y prácticas de relaciones industriales. En términos generales, los derechos de los sindicatos y de los comités de empresa también deberían mejorarse.

- Crear un deber de vigilancia en relación a (empresas) subcontratistas. Las nuevas reglas deben obligar a las grandes empresas a cuidar y responsabilizarse de toda su cadena de suministro a fin de evitar la violación de derechos humanos y sociales básicos por parte de sus subcontratistas.

- Crear un marco de información vinculante adaptado a los desafíos del siglo XXI. Las normas contables no deberían dejarse en manos de un organismo privado (el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad) principalmente interesado en el valor para el accionista; deben tener en cuenta la sostenibilidad. Deben seguir desarrollándose informes extra-financieros que proporcionen más transparencia en asuntos sociales y medioambientales, incluidas las cuestiones de igualdad de género, que deben abordarse de manera mucho más enérgica.

Las reformas mencionadas no son exhaustivas, pero muestran la dirección que deberían tomar las nuevas medidas: las/os trabajadoras/es de la UE no deben quedar fuera de la construcción de la UE por más tiempo. Estas vitales reformas -que sientan las bases de nuevos derechos, y obligaciones para las empresas- proporcionan una impronta para un nuevo modelo europeo a la vez capaz de aunar a Estados cuyos derechos están demasiado fragmentados, y de distinguirnos de los modelos anglosajones y del capitalismo asiático. Este nuevo modelo europeo se basa en el legado de un humanismo que ha de convertirse en una fuerza en la globalización. ¡

Ha llegado la hora del cambio!

Algunos de los firmantes europeos son: 

Luca Visentini (ETUC SG), Peter Scherrer (ETUC deputy SG), the German DGB (Reiner Hoffmann, President), the Italian CGIL (Susanna Camusso, GS), the Spanish CCOO (Unai Sordo, GS), UGT (Pepe Álvarez), ELA (Adolfo Muñoz "Txiki"), the UK TUC (Frances O’Grady),  the French CFDT, CFE-CGC, UNSA, CFTC and a CGT federation, and SGs or Presidents of leading trade unions in other countries such as Switzerland, Portugal, Austria, Luxembourg and Bulgaria. It also has the support of Emilio Gabaglio, former ETUC General Secretary, and John Monks, former General Secretary TUC and ETUC, Member of House of Lords. Regarding politicians, it has the support of Enrico Letta (former prime minister of Italy), several MEPs (including Thomas Händel, chair of the European Parliament Committee on Employment and Social Affairs and Elmar Brok, former chairman of the European Parliament Committee on Foreign Affairs) and several MPs in various countries. Udo Bullmann (President of the S&D group in the European Parliament) has signed and circulated the Appeal to all S&D MEPs, proposing them to sign it. Many academics have signed it, including Sigurt Vitols (Germany), Thomas Piketty and Robert Boyer (France), Simon Deakin and Andrew Johnston (United Kingdom), Isabelle Ferreras (Belgium) and Adalberto Perulli (Italy).

Otros firmantes españoles:

Marcos de Castro Sanz. Ex Presidente de Cepes.  promotor Plataforma por la Democracia Económica;

Ignacio Muro Benayas Vocal de Economistas Frente a la crisis. Profesor Comunicacion univ Carlos III, promotor Plataforma por la Democracia Económica

Cristina Faciaben, Confederal Secretary for International and Cooperation in CCOO;

Begoña del Castillo, coordinator for European affairs at CCOO;

Miguel Martinez Lucio, Profesor titular en Work and Equalities Institute (University of Manchester);

Paloma López Bermejo, Eurodiputada en el Parlamento Europeo (GUE/NGL);

Ricard Bellera i Kirchhoff, Presidente del Comité de Coordinación de los Consejos Sindicales Interregionales Europeos (ETUC);

Sara Lafuente Hernández, Investigadora en el Instituto Sindical Europeo (ETUI) promotora Plataforma por la Democracia Económica;

Jose Angel Moreno. vicepresidente Economistas Sin Fronteras, promotor Plataforma por la Democracia Económica;

Jose Carlos Gonzalez, sindicalista de CCOO, promotor Plataforma por la Democracia Económica;

Bruno Estrada, economista, adjunto al SG de CCOO, promotor Plataforma por la Democracia Económica;

Félix Garcia Moriyón. Profesor honorario. UAM, promotor Plataforma por la Democracia Económica;

Diego Santos, economista;

Juan A. Gimeno Ullastres, catedrático de universidad y miembro del Patronato de Economistas sin Fronteras;

Miguel Moreno Torres, periodista y miembro de Economistas sin Fronteras;

Eusebio Pérez Viñas, sociólogo, experto en gestión y administración de empresas.